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Una de las grandes ventajas de denunciar el fraude cometido por una aseguradora y de contar con el apoyo de abogados de seguros para sustentar el caso es que podemos obtener grandes beneficios en poco tiempo. Tal es el caso de SegurCaixa Adeslas, quien se verá obligada a reembolsar 54,470.87 euros a un usuario.

El diario digital Europa Press dio a conocer la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Sevilla, quien realizó las valoraciones necesarias a la demanda presentada por C.N., por lo que condenó a la aseguradora a rehabilitar la póliza de seguros de asistencia sanitaria del demandante y al cumplimiento de la misma, además de cubrir el reembolso por la cantidad mencionada arriba, monto que el usuario tuvo que pagar de su propio bolsillo para cubrir su tratamiento médico -supuestamente cubierto por la póliza- más los intereses legales pues no existe una verdadera causa para dar de baja la póliza del usuario, quien nunca cayó en el incumplimiento de pago.

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El caso ha sido representado por el despacho de abogados de seguros Campo & Carrasco, de Sevilla, la cual solicitó que se declare que no existen causas para dar de baja la póliza de su cliente y se condenara a la aseguradora a reembolsar los gastos ocasionados desde la resolución de la póliza, resolución unilateral pues nunca se dejó de pagar el monto mensual.

Se dio a conocer que el paciente contaba con doble nacionalidad, española y mexicana, pero que pasaba temporadas muy largas en España, en la ciudad de Sevilla donde radica su hija. Esto ocasionó que decidiera ampliar su póliza de seguros con SegurCaixa Adeslas de la modalidad “cuadro médico” a “reembolso”, que le permitiría atenderse en cualquier centro hospitalario del mundo para, posteriormente, ser reembolsado con el importe correspondiente con la justificación del mismo.

El cliente contrató la póliza en 2009 y hasta el 2012 apenas utilizó su póliza pues se encontraba en buen estado de salud. Sin embargo en agosto de 2012 le diagnosticaron en México una grave enfermedad, para su tratamiento fue necesario hospitalizarlo e intervenirlo quirúrgicamente, entre otros tratamientos; la aseguradora cumplía su parte y reembolsaba al usuario las cantidades necesarias.

Para junio de 2013 se dio a conocer a la aseguradora que el paciente había empeorado y, cuando él se encontraba en tratamiento, Adeslas decidió rescindir la póliza sin previo aviso al asegurado a quien sólo le devolvieron la prima pagada por la que el paciente pudo percatarse de la baja al recibir en su cuenta bancaria la devolución. Esta acción ocasionó que el cliente tuviera que vender algunos de sus bienes para poder cubrir los gastos médicos que se le venían encima.

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Los argumentos de la aseguradora no han sido lo suficientemente firmes para ser acreditadas a su favor por el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla, quien falló a favor del paciente a quien se le regresó el derecho de disfrutar del beneficio de la póliza contratada y obtendrá el reembolso de los gastos, estimados desde la baja unilateral de la póliza por parte de la aseguradora, así como de los intereses generados.

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