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Si eres trabajador asegurado y tuviste una enfermedad o accidente y se ha determinado que tienes un estado de invalidez, puedes acceder a una remuneración económica a través de la pensión de invalidez. Si quieres conocer más sobre este tema y cómo tramitarla, esta información te interesa.

La pensión de invalidez se otorga cuando la persona asegurada no puede realizar un trabajo que le genere remuneración superior al 50% de su salario durante el último año mediante un empleo igual al que realizaba y que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.

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Requisitos para la pensión por invalidez definitiva IMSS

Para acceder a esta pensión el asegurado tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar vigente en el IMSS, o bien, dentro del periodo de conservación de derechos.
  • Tener al menos 150 semanas laborales cotizadas ante el instituto.
  • Tener un dictamen de incapacidad emitido por los servicios médicos del instituto.
  • La invalidez o imposibilidad para trabajar debe ser derivada de enfermedad o accidente no laboral.

¿Quiénes pueden tramitar la pensión por invalidez?

En México, los derechohabientes del IMSS que pueden solicitar la pensión por invalidez son:

  • Asegurados con alguna enfermedad o secuela de un accidente laboral o no.
  • Secuelas de enfermedad que les impidan trabajar.
  • Estar imposibilitados para obtener un salario superior al 50% del que recibieron durante su último año de trabajo.
  • Ser asegurado con los derechos vigentes.
  • Para el Régimen de la Ley del Seguro Social 1973: Es necesario haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 y tener un mínimo de 150 semanas de cotización.
  • Para el Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: Si las cotizaciones comenzaron después del 1 de julio de 1997, se requiere un mínimo de 250 semanas cotizadas al momento del dictamen de invalidez. Sin embargo, si el dictamen médico determina una valuación del 75% o más, bastará con tener 150 semanas cotizadas.

La pensión puede ser tramitada por el derechohabiente, su cónyuge, sus padres o sus hijos de 16 a 25 años.

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¿Cuánto paga el IMSS por pensión de invalidez?

La pensión por invalidez del IMSS equivale al 35% del promedio que el asegurado percibió en las últimas semanas de salario cotizado. Para obtener el derecho a esta pensión, el asegurado debe acreditar el pago de 250 semanas de cotización, pero puede acreditarse el pago de 150 semanas de cotización en caso de que el estado de invalidez sea mayor al 75%.

Tipos de pensiones en el IMSS

El IMSS tiene diferentes regímenes de pensiones que los asegurados deben conocer para saber cuál les corresponde:

  • CEA y VE. La pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Para solicitarla se debe cubrir un mínimo de semanas cotizadas de 500 en CEA y 625 en VE, tener al menos 60 años en CEA y 65 en VE. Sin embargo, es importante recordar que el número de semanas se incrementará cada año 25 semanas hasta alcanzar mil para 2031.
  • Incapacidad permanente. Es un tipo de pensión que se otorga a trabajadores asegurados que hayan sufrido un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de trabajo. Esta pensión se otorga de forma provisional por un periodo de dos años en los que el instituto podrá ordenar el estado de incapacidad.
  • Invalidez. La pensión de invalidez se solicita al IMSS cuando el trabajador asegurado está imposibilitado para percibir un salario de más del 50% al que recibía. Esta pensión se otorga por periodos renovables en caso de que el asegurado pueda recuperarse, o bien, de forma definitiva cuando el estado de invalidez es permanente y no hay posibilidad de mejora.
  • Retiro. La pensión de retiro se otorga a trabajadores asegurados que antes de cumplir 60 años tengan fondos de más del 30% de la pensión garantizada (después de cubrir la prima de seguro de sobrevivencia de beneficiarios).

¿Qué obligaciones tienen los pensionados por invalidez en el IMSS?

Si bien el Instituto Mexicano del Seguro Social otorga un beneficio económico a trabajadores con una condición de salud que limita su capacidad para trabajar, este derecho conlleva las siguientes responsabilidades al pensionado:

  • Someterse a revisiones médicas periódicas
    La pensión por invalidez definitiva del IMSS se otorga después de un dictamen realizado por médicos especialistas del instituto. Asimismo, el IMSS tiene la facultad de citar al pensionado a revisiones médicas periódicas para evaluar si la causa de la invalidez persiste, ha disminuido, o incluso ha desaparecido.
    Estas revisiones son indispensables porque la pensión se otorga bajo el supuesto de una incapacidad para que el trabajador pueda obtener un salario superior al 50% de lo que percibía durante su último año laborado. O bien, al promedio de las últimas 250 semanas de cotización ante el IMSS.
    Si la condición del pensionado mejora o recupera su capacidad laboral, la pensión podría ser modificada o suspendida.

 

  • Cumplir con los tratamientos prescritos
    El pensionado tiene la obligación de someterse a los tratamientos, cirugías, uso de prótesis o procesos de rehabilitación que el médico institucional determine para mejorar su estado de salud o su capacidad de trabajo. La negativa injustificada a seguir estas indicaciones puede ser motivo de suspensión de la pensión.

 

  • Informar al instituto sobre cambios en su condición o actividad laboral
    Si bien el IMSS realiza análisis periódicos, el pensionado debe informar sobre cualquier cambio en su condición de salud que modifique su grado de incapacidad. Asimismo, si el pensionado puede reincorporarse a una actividad laboral remunerada debe notificarlo al instituto.

 

  • No realizar actividades laborales remuneradas que superen ciertos límites
    La pensión por invalidez IMSS tiene el objetivo de compensar la incapacidad del pensionado para generar ingresos significativos. Por ello, si realiza una actividad remunerada debe percibir un salario inferior al 50% de la última remuneración sobre la cual se calculó la pensión.

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¿Cuándo se puede suspender la prensión por invalidez IMSS?

Si bien la pensión del IMSS tiene el objetivo de proteger al asegurado que perdió su capacidad para trabajar, puede ser suspendida bajo ciertas circunstancias:

  • Recuperación de la capacidad laboral que le permita procurarse un salario superior al 50% del que percibía.
  • Negativa del pensionado a someterse a los exámenes médicos periódicos que el IMSS solicite.
  • Negativa injustificada del pensionado a someterse a los tratamientos, procesos de rehabilitación, cirugías o uso de prótesis y órtesis prescritos.
  • Reincorporación a la vida laboral con un salario superior al 50% de lo que percibía. El IMSS busca evitar la duplicidad de beneficios y la defraudación para garantizar que el beneficio se otorgue únicamente a quien lo necesite.
  • Fraude o irregularidades. Si el IMSS detecta que la incapacidad del pensionado fue provocada de forma intencional, puede suspender la remuneración. Asimismo, conductas fraudulentas como falsificación de documentos o suplantación de identidad pueden resultar en la suspensión del beneficio e incluso en sanciones legales.

¿Cuáles son las enfermedades por las que puedo pensionarme por invalidez?

De acuerdo con los criterios del IMSS, las enfermedades que derivan en un estado de invalidez se clasifican de la siguiente forma:

Enfermedades cardiovasculares

  • Insuficiencia cardíaca severa (clase III o IV).
  • Cardiopatías isquémicas graves: angina inestable, infartos múltiples con disfunción ventricular significativa.
  • Enfermedades valvulares severas.
  • Hipertensión pulmonar grave.
  • Arteriopatía periférica severa con claudicación incapacitante.

Enfermedades neurológicas

  • Accidente cerebrovascular (ACV) con secuelas motoras, sensitivas o cognitivas severas.
  • Enfermedad de Parkinson avanzada con rigidez y temblor que impiden las actividades básicas.
  • Esclerosis múltiple con progresión y discapacidad significativa.
  • Epilepsia con crisis frecuentes y refractarias al tratamiento.
  • Demencias como Alzheimer o demencia vascular en etapas que afectan la cognición y autonomía.
  • Polineuropatías severas.

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Enfermedades respiratorias crónicas

  • Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) con insuficiencia respiratoria.
  • Fibrosis pulmonar severa.
  • Asma grave y persistente con crisis recurrentes.

Enfermedades endocrinas y metabólicas

  • Diabetes Mellitus tipo 1 o 2 con complicaciones graves e incapacitantes como neuropatía diabética severa, nefropatía terminal, retinopatía proliferativa con ceguera, pie diabético con amputaciones mayores.
  • Hipotiroidismo o hipertiroidismo severo y que no responde al tratamiento.

Enfermedades renales

  • Insuficiencia renal crónica en etapa terminal que requiere diálisis o trasplante, con el deterioro funcional asociado.

Enfermedades musculoesqueléticas

  • Artritis reumatoide o espondilitis anquilosante en etapas avanzadas con deformidades y limitación funcional severa de múltiples articulaciones.
  • Osteoartritis avanzada que afecta grandes articulaciones como cadera, rodilla, columna y limita la movilidad y el bipedismo.
  • Problemas de columna vertebral que causan déficit neurológicos y dolor crónico incapacitante.

Enfermedades oncológicas

  • Cáncer en etapas avanzadas, especialmente con metástasis, que generen debilidad extrema, dolor crónico, o que los tratamientos (quimioterapia, radioterapia) impidan el desempeño laboral.

Enfermedades psiquiátricas

  • Esquizofrenia o trastornos psicóticos con síntomas incapacitantes y deterioro funcional severo.
  • Trastornos depresivos mayores o trastornos de ansiedad graves y crónicos, resistentes al tratamiento, que impidan la interacción social y laboral.
  • Trastorno bipolar severo y recurrentes.

Enfermedades hepáticas

  • Cirrosis hepática en etapa avanzada con complicaciones (encefalopatía, ascitis refractaria, hemorragias variceales).

Enfermedades autoinmunes

  • Lupus Eritematoso Sistémico (LES) u otras enfermedades autoinmunes con afectación multiorgánica severa.

Enfermedades infecciosas

  • VIH/SIDA en etapas avanzadas con complicaciones y deterioro inmune severo.
  • Tuberculosis con secuelas pulmonares graves.

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¿Cómo iniciar el trámite de pensión de invalidez del IMSS?

Lo primero que se debe hacer para iniciar con el trámite es acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda al asegurado. Deberá presentar la siguiente documentación en original y copia:

  • Solicitud de pensión, la cual es llenada por el personal de la unidad médica y el asegurado deberá firmar.
  • Identificación oficial
  • Documento emitido por el IMSS o una Afore que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado.
  • Comprobante de domicilio
  • Clave Única de Registro de Población
  • Copia certificada de Acta de Nacimiento
  • Dictamen de invalidez que proporciona el servicio médico
  • Estado de cuenta de la Cuenta Individual
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave
  • Documento en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada para que el asegurado pueda recibir su pago.

La pensión por invalidez es un derecho de todo trabajador y los patrones están obligados a proporcionártelo si cumples con todos los requisitos establecidos en el Régimen de la Ley del Seguro Social. Si estás en una situación donde no quieren pagarte tu seguro de invalidez, contáctanos.

En Lex & Co Firma Legal contamos con abogados especialistas en estos temas que podrán orientarte y ayudarte a conseguir lo que por ley te pertenece. Llámanos y cuéntanos tu caso.

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