Un concepto controversial y que suele dar lugar a malas interpretaciones y problemas respecto a las obligaciones entre la aseguradora y el asegurado es el periodo de gracia en que, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley del Contrato del Seguro, la cobertura queda suspendida un mes después del día en que termina su vencimiento.
Este periodo implica que la aseguradora aún tiene la obligación de mantener la cobertura del asegurado hasta por un mes después de que se vence la póliza, mas no que la aseguradora tiene la obligación de regalar un mes de seguro.
Por su parte, la aseguradora solo podrá exigir el pago de la prima del periodo en curso y, mientras no se haya cancelado el contrato, el asegurado seguirá contando con su cobertura de Responsabilidad Civil en los seguros para autos.
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Para que la compañía quede liberada de su obligación de indemnizar al asegurado en caso de accidente durante el periodo de gracia, debe acreditar haber dirigido un correo certificado con acuse de recibo al asegurado, o a través de cualquier otro medio que permita tener constancia de recepción, para notificar al cliente la resolución del contrato.
Como cliente, usted debe saber que la aseguradora puede solicitar el cumplimiento de pago por vía ejecutiva, de acuerdo con la primera parte del artículo 15 de la Ley de Contrato del Seguro, que además indica que si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, la compañía quedará liberada de su obligación ante el asegurado.
Si usted ha cumplido con todos sus pagos y aun así la aseguradora no cumple con su obligación, debe tomar cartas en el asunto lo antes posible y acudir a un despacho jurídico fiscal con abogados de seguros como Lex & Co, quienes le ayudaremos a obtener la indemnización que le corresponde.
Si tiene dudas o ha sufrido un siniestro no resuelto por su aseguradora, llámenos hoy mismo y cuéntenos su caso sobre juicio hipotecario y acción reivindicatoria. En Lex & Co abogados derecho bancario con gusto le atenderemos y le haremos conocer ¡El Arte de Ganar!
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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