Tiempo de lectura: 2 minutosComo el título adelanta, en esta ocasión resolveremos una duda común entre los usuarios de motocicletas: “¿Por qué el seguro de gastos no cubre ciertas eventualidades?”. Para ello, a continuación detallaremos los casos de excepción en los que la compañía no se hará responsable y las justificaciones para cada uno de ellos:
- No portar su licencia de conducir: la mayoría de los contratos de seguros especifican esta excepción. Por lo que, como primera acción preventiva frente a posibles accidentes, el conductor deberá llevar consigo este documento bajo cualquier circunstancia.
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- Causar daños ambientales o a la propiedad pública: en casos en los que la autoridad determine que el propietario contamina o violenta la naturaleza de alguna otra forma. De igual manera, daños en banquetas, postes, semáforos y otras estructuras podrían invalidad la cobertura del seguro.
- Ser víctima de fraude: si en algún momento decide vender la motocicleta y resulta que el comprador incumple en el pago o le entrega un cheque sin fondos, el seguro no le reembolsará el valor del vehículo por este concepto.
- Bienes de terceros: si bien la mayoría de las pólizas cubren el concepto de responsabilidad civil, conocido popularmente como “daños a terceros”, es necesario revisar con lente de aumento lo que esa garantía implica. En este sentido, debe saber que algunas contemplan exclusivamente los daños a la integridad física de la persona, en tanto que otras se enfocan en el resarcimiento de las pérdidas materiales. Lo ideal es adquirir una que cubra ambos tipos de daño, aunque lo común es que las pólizas ofrezcan solo una de las dos.
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- No indicar el uso que se dará a la motocicleta: si, por ejemplo, el propietario comienza a utilizar el vehículo con fines comerciales y este uso no se especificó a la compañía de seguros al contratar la póliza, el seguro podrá negarse a asumir la indemnización en caso de presentarse un accidente.
- Participar en carreras de velocidad o resistencia: si el sinestro ocurre durante una competencia de esta naturaleza, el seguro no se hará cargo.
Considerando lo anterior, si entre sus planes está el adquirir una motocicleta, lo primero que deberá hacer es encontrar la póliza de seguro que mejor se ajuste a sus necesidades y comprender a cabalidad las garantías de su contrato.
En caso de que su seguro se niegue a cumplirle aun cumpliendo con lo pactado con la aseguradora, en Lex & Co despacho jurídico fiscal, podemos ayudarle con este caso o una acción reivindicatoria, cobro de fianza. Visítenos y haga valer su inversión.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.