Tabla de Contenidos
Proteger su casa es muy importante aun si no es usted quien la habita, pues, a pesar de que la haya cedido en renta a un tercero, se trata de su patrimonio. En estos casos, no obstante, es necesario contratar una póliza especial, ya que con la cobertura normal la aseguradora podría negarse a pagarle en caso de algunos siniestros.
Se trata de un seguro de casa con condiciones especiales que ampara ante daños provocados por desastres naturales como huracanes, marejadas, terremotos, erupción volcánica e incluso tsunamis, además de otro tipo de accidentes como inundaciones, fugas de agua e incendios.
No obstante, lo que verdaderamente distingue a un seguro para arrendadores es la cobertura de responsabilidad civil y ante el incumplimiento del inquilino hacia sus obligaciones, como desperfectos ocasionados por mal uso de la vivienda, falta de pago del alquiler, abandono del inmueble sin previo aviso y asesoramiento ante negativa de desalojo después de que haya terminado el contrato de renta.
Como en todas las pólizas para casas, existen algunos casos en los que frecuentemente las aseguradoras se amparan para no hacerse cargo de los daños, tales como filtraciones de mantos acuíferos subterráneos, hundimientos, derrumbes, deslaves, entre otros.
Aunado a esto, se suman los gastos derivados de la atención médica o indemnización para personas afectadas por algún percance sufrido a causa de desperfectos del inmueble, los cuales en ocasiones no son bien evaluados o los montos asegurados no alcanzan para resarcir los daños del accidente.
Quizás te interese leer sobre: “que hacer si una aseguradora no quiere pagar“
Por otra parte, también puede haber problemas para hacer valer la cobertura por incumplimiento de pagos de renta o abandono si no se lleva un papeleo adecuado en el que se comprueben la vigencia del contrato de alquiler, los montos exigibles al arrendatario y los recibos fiscales que se emitan con cada uno de sus pagos.
Para evitar problemas con su compañía de seguros, lo mejor es leer bien el contrato que convengan e informar oportunamente cuando el inmueble protegido cambie de uso, pues no es lo mismo contratar una cobertura particular que para rentar su propiedad.
Si usted, sin embargo, cumple con lo estipulado en su póliza y la aseguradora se niega a hacerse responsable atribuyendo los daños a percances fuera de lo convenido, lo mejor es buscar asesoría legal para que le respondan.
En Lex & Co contamos con un equipo de abogados fiscalistas y peritos expertos en ejecución hipotecaria, juicio hipotecario y acción reivindicatoria y capaces de identificar cuando la valuación hecha por la aseguradora tiene irregularidades para eximirse del pago que le corresponde. No busque más y deje su caso en manos de los expertos.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
Calle California N° 130-A (Casi esquina Inglaterra) Col. Parque San Andrés, CDMX C.P. 04040
copyright 2020 Aviso de Privacidad