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Como es de suponerse, existen oficios y profesiones que implican mayores peligros que los que se corren en otros empleos más convencionales; a estos, las aseguradoras los consideran como trabajos de riesgo y ofrecen servicios especiales de cobertura de gastos médicos mayores y de vida específicos para personas que se dedican a ellos.
Así, sin importar a qué se dedique, puede acceder a la protección de salud y por fallecimiento que necesita para no dejar desamparada a su familia, pero tome sus precauciones, pues además de tratarse de pólizas más costosas los contratos suelen contener cláusulas muy minuciosas con las que la aseguradora podría eximirse de sus responsabilidades en caso de siniestro.
Con esto no queremos decir que contar con un seguro cuando se tiene un empleo considerado como peligroso no sea recomendable, sino que es importante leer con detenimiento las políticas de la compañía con la que se adquiera este servicio y las disposiciones marcadas en el contrato para tener la certeza de estar adquiriendo la protección que se requiere y no verse envuelto en problemas posteriores a la hora de querer hacer válida la cobertura.
Se consideran trabajos de riesgo a todas aquellas actividades profesionales que entrañan un peligro por sí mismas, aunque dentro de estas pueden encontrarse algunas que quizás no sean tan obvias como otras.
De esta manera, es regular que en los tabuladores de las compañías de seguros aparezcan varios empleos marcados como exclusiones para el otorgamiento de seguro de vida y de gastos médicos, tales como los que implican labores policíacas y militares, paracaidismo, pilotaje de aeronaves, caza, pesca y varias otras más relacionadas con deportes extremos, como motociclismo, alpinismo, esquí, buceo y hasta charrería y tauromaquia.
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Otros trabajos de riesgo son aquellos relacionados con sustancias tóxicas, el periodismo, la cosmetología y el modelaje profesional, con lo que podemos observar que el abanico de posibilidades de pertenecer a un campo laboral catalogado como peligroso es bastante amplio.
Aunque puede ser difícil encontrar un seguro para ello, lo más probable es que después de consultar con varias compañías pueda acceder a una cobertura pagando una extra prima que puede ir desde el 15 hasta el 100% adicional dependiendo de su actividad.
Sin embargo, le reiteramos que es muy importante que verifique todas las cláusulas de su contrato, porque en estos casos las exclusiones suelen ser muy exhaustivas y contemplar múltiples escenarios que podrían dejarlo sin la protección que quería procurarse.
Al haber una gran cantidad de exclusiones y disposiciones dentro de los contratos de este tipo, las aseguradoras pretenden proteger sus intereses al ser mucho más elevado el número de probabilidades de tener un accidente, por lo que podrían querer escudarse en alguna de ellas para deslindarse de responsabilidades, esto aun cuando el asegurado cumpla con todo lo estipulado para reclamar su cobertura.
En estos casos, lo mejor es contar con asesoría legal especializada para que pueda hacer valer sus derechos. Si está en una situación como ésta, en Lex & Co podemos ayudarle con una ejecución hipotecaria, juicio hipotecario y acción reivindicatoria. Contacte a nuestros abogados fiscalistas y tenga la certeza de que lograremos un fallo a su favor o no le cobramos por nuestros servicios.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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