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Invertir en una propiedad es un sueño que puede volverse pesadilla cuando se tiene inquilinos incumplidos, que no pagan la renta pero tampoco abandonan la propiedad. Si ese es su caso, no se desespere y acompáñenos a leer porque hoy le contaremos cómo puede actuar.
Un bien inmueble es una inversión que seguramente le tomó muchos años y esfuerzo adquirir, por ello no puede ponerse a disposición de cualquier persona desconocida. Antes de rentar su propiedad, le recomendamos investigar quién es el futuro inquilino, a qué se dedica y si es de confianza; además, puede solicitar un aval para que responda en caso de que no se efectúen los pagos o surja otro problema con el inmueble.
Antes de poner su patrimonio a disposición de una persona que desee arrendarlo, le recomendamos ampararse con un contrato de arrendamiento. No importa si es su familiar, un amigo de toda la vida o un desconocido, usted debe poner las condiciones de la renta por escrito: monto mensual a pagar, depósito, reglas de convivencia, fechas de cobro, porcentaje anual de aumento (en caso de que lo haga) e incluso, si usted está dado de alta en el SAT en el régimen de arrendamiento, debe dar factura electrónica a sus inquilinos y, de ese modo, también protegerá su propiedad.
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Por último, en este contrato le recomendamos incluir información importante, como: si permitirá que realicen cambios de pintura, a quién le corresponde el mantenimiento preventivo y las reparaciones, tiempo de vigencia del contrato, entre otras cláusulas.
Si su inquilino incumple su obligación de pago, usted cuenta con los medios para finalizar el arrendamiento antes de que finalice el periodo del contrato. Si no hizo firmar un contrato a su arrendatario, el proceso se hará más difícil, ya que no podrá desalojar a su inquilino por incumplimiento de pago, el proceso a seguir es iniciar un juicio de arrendamiento.
Sin embargo, antes de llevar el caso a juicio se recomienda la vía pacífica: hablar con el inquilino, buscar a la persona que quedó como aval y esperar un periodo considerable (no mayor a 6 meses para que la deuda no sea tan difícil de pagar) y, de no conseguir respuesta, debe buscar asesoría legal para interponer una demanda por escrito, solicitando la intervención de un juez para tomar acciones.
La resolución del juez puede ser el desalojo del inquilino, dar por terminado el contrato de arrendamiento y pagar el monto del adeudo hasta una fecha establecida.
Si usted está pasando por una situación de esta índole y no sabe qué hacer, no se desespere y contáctenos, en LEX & CO Abogados Fiscalistas, con gusto le ayudaremos a solucionar su caso o con alguna ejecución hipotecaria o acción reivindicatoria, solo tiene que llamarnos al teléfono 5568401076, escribir por correo a firma.lex.co@gmail.com, o a través de nuestro formulario de contacto a nuestro despacho jurídico fiscal.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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