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Sin duda, el fallecimiento de un ser querido es una situación muy triste y que deja devastada a toda su familia. Pero, si aunado a esto la persona no hizo un testamento, las cosas se complican aún más ya que los hijos y cónyuge tendrán muchos problemas con respecto a la repartición de bienes, especialmente si la familia es extensa o hay propiedades en pleito con exparejas u otros familiares.

 

En pleno siglo XXI resulta sorprendente que las personas sigan sin hacer su testamento, ya que lo relacionan con su fallecimiento y no se deciden a plasmar su última voluntad por temor a morir, o por no tener problemas con sus seres queridos. Sin embargo, al hacer un testamento, usted dejará protegidos a sus hijos, cónyuge o padres, y les evitará problemas.

 

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¿Qué pasa cuando una persona fallece sin dejar testamento?

Cuando una persona fallece sin haber dejado un testamento, sus familiares o personas llamadas a herencia pueden hacer uso de sus bienes, a esto se le conoce como Sucesión Intestada, Sucesión Legítima o Ab Intestato, la cual tiene lugar en los siguientes casos:

Ahora bien, si hay un conflicto en la repartición de bienes, la ley se encargará de determinar a los herederos del difunto y el orden sucesorio, designando a los herederos legales, término que no se debe confundir con el de legitimario o sucesión forzosa, que se refiere al cónyuge, hijos y padres.

 

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¿Qué pasa con los bienes de un fallecido intestado?

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En el caso de los hijos y descendientes: Los hijos heredarán en partes iguales “por cabeza”, y los descendientes o nietos, heredarán por estirpe la parte que correspondía a su padre o madre. Por ejemplo, una persona intestada deja dos hijos y cuatro nietos de un tercer hijo que falleció antes, con un caudal hereditario de 300 mil pesos; la herencia se repartirá en 100 mil pesos para cada hijo (un tercio del total), y el dinero que le correspondía al hijo fallecido se repartirá entre sus nietos, de modo que cada uno recibirá 25 mil pesos.

Si el fallecido no deja viudo o viuda, no tenía hijos ni nietos, y sus padres y abuelos también fallecieron, la herencia se divide entre los hermanos, sobrinos a partes iguales.

 

¿Qué sucede con el cónyuge?

Si el fallecido no tiene ascendientes ni descendientes, el cónyuge viudo tendrá derecho a la totalidad de la herencia, sin embargo esto solo aplica en parejas casadas ya que las parejas de hecho no pueden heredar sin un testamento, aunque en otros términos se comparen los derechos entre parejas de hecho y cónyuge.

 

¿Qué pasa si no hay parientes?

En caso de que el fallecido no tenga parientes colaterales hasta el cuarto grado, es decir, primos o tíos, los bienes quedarán a disposición del Estado.

 

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Guía para hacer su testamento

 

Hágalo en septiembre

Cada año, septiembre es conocido como el mes del testamento y usted puede encontrar descuentos en las notarías públicas para plasmar por escrito su última voluntad con respecto a sus bienes. El testamento, de acuerdo con el artículo 1295 del Código Civil para el Distrito Federal (CCDF), es un acto personal libre y revocable por el que una persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades dispone de sus bienes para después de su fallecimiento.

El testamento debe firmarse ante notario y tiene un costo aproximado de 1,500 pesos y probablemente encontrará más económico el servicio durante el mes de septiembre. Si le preocupa la vigencia, usted debe saber que su testamento puede ser revocado al redactar uno nuevo, en el que se exprese la revocación del anterior.

Redáctelo usted mismo, con asesoría

El testamento es personal, esto significa que ningún apoderado puede redactar la última voluntad del mandante, sin embargo usted puede solicitar asesoría para realizarlo, sin que influya en su decisión de a quién dejar sus bienes. Esto es especialmente importante si usted cuenta con muchas propiedades o bienes de diversa índole: acciones, derechos de autor, colecciones de antigüedades o joyas, entre otros donde la redacción es compleja y se requiere de la asesoría del notario o de un abogado.

Usted puede hacer un testamento cruzado, es decir, entre cónyuges ambos se denominan como herederos universales ante la falta de hijos. O bien, puede imponer condiciones como que uno de sus hijos recibirá cierta cantidad de dinero, o una propiedad inmobiliaria al cumplir la mayoría de edad o concluir su carrera profesional. Sin embargo, es importante que sepa que condiciones como casarse, divorciarse o tener hijos no son válidas para redactar su testamento.

Así que tómese un tiempo para pensar en sus herederos y las posibles condiciones en caso de que sea necesario.

Reúna a sus testigos

Cuando tenga decidido quiénes serán sus herederos, debe reunir de tres a cinco testigos para firmar el documento, quienes deben presentarse con su credencial de elector o identificación oficial. No es necesario que conozcan el contenido de su testamento, además no deben ser herederos, y bajo ninguna circunstancia pueden obligarle a dejar sus bienes a una persona que ellos quieran, ya que la decisión es suya.

Sus testigos deben ser mayor de edad, hablar y entender el idioma español y, de preferencia, deben saber leer y escribir; no deben tener una incapacidad al momento de firmar (como estar en estado de ebriedad) o una discapacidad como la ceguera, y tampoco podrán ser testigos los empleados del notario o personas condenadas por delito de falsedad.

Datos a proporcionar

 

Consideraciones

Tome en cuenta que si usted redactó su testamento por una razón de carácter urgente, como que su vida esté en riesgo por una enfermedad terminal, una campaña militar o marítima, perderá su validez un mes después de que la razón por la que se otorgó desaparece: si usted recobra la salud, o termina con el trabajo que lo tenía en riesgo.

 

¿Se puede anular un testamento?

Sí. En caso de que el testamento no se hubiese redactado en los términos establecidos, el Juez lo podrá anular mediante sentencia definitiva. Esto aplica si el testamento no fue firmado por el testador, que no estuviera presente el notario, o que el testador fuera presionado o drogado, y se deben probar en juicio dichas acusaciones.

En casos graves, como que el heredero haya asesinado al testador, lo haya acusado injustamente de un delito, si renunció a su herencia, si el cónyuge cometió adulterio, si el testador no estaba en sus facultades mentales cuando redactó el testamento, si hubo falsificaciones, presiones o fraude en el proceso, o no se redactó adecuadamente entre otros casos, el testamento puede ser impugnado.

 

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En LEX & CO, además de abogados de seguros somos abogados especialistas en herencias e impugnación de testamentos y con gusto podemos ayudarle a recuperar sus bienes o con una acción reivindicatoria. Llámenos al teléfono 5568401076, mándenos un correo a firma.lex.co@gmail.com, escríbanos a través de nuestro formulario de contacto o WhatsApp para contarnos su caso o apoyarlo con una ejecución hipotecaria.

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