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El 15 de diciembre de 2020 entró en vigor la reforma al artículo 37 de la Ley del Infonavit, la cual anteriormente reconocía que los recursos ahorrados por el trabajador eran de su propiedad, pero que si no eran reclamados por sus dueños, prescribían a favor del Instituto a los 10 años de su exigibilidad.

Gracias a la reforma, los trabajadores o sus beneficiarios podrán recuperar los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda, ya sea porque no solicitaron su transferencia para el pago de la pensión correspondiente al trabajador, o porque no fueron utilizados para obtener un crédito del Infonavit para construir, reparar, ampliar o comprar un inmueble o terreno a través de un crédito de la institución.

 

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Previo al año en que se cumplan los diez años de exigibilidad, el Infonavit debe dar al trabajador o a su beneficiario un aviso sobre el tiempo transcurrido desde que el derecho era exigible para que pueda acudir a reclamar el dinero acumulado desde que el trabajador fue incorporado al IMSS.

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Si usted tiene una subcuenta de vivienda 92 o 97 y no solicitó el crédito de Infonavit, debe saber que puede obtener la devolución de sus ahorros (construidos por las aportaciones del patrón de forma bimestral a la institución). Antes de comunicarse con la institución, revise su cuenta de Afore para ver si tiene recursos en su subcuenta, y en caso de tenerlo, podrá solicitar la devolución de forma muy fácil.

Visite la página web de Infonavit, apartado Mi Cuenta. Posteriormente ingrese su número de Seguridad Social y fecha de nacimiento y le aparecerá la precalificación Infonavit y el monto de la subcuenta.

 

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Los requisitos para solicitar la devolución del dinero acumulado en la subcuenta dependen de la cuenta en la que se encuentran. Si la subcuenta recibió aportaciones a partir del 1 de julio de 1997, podrá retirar los rendimientos que se hayan generado desde entonces; para ello, los requisitos son:

Una vez que obtenga respuesta, le darán cita en las oficinas de Infonavit más cercanas a su domicilio, en la cual debe llevar:

Ahora bien, si usted se enfrentó a una demanda laboral u obtuvo un amparo a favor, debe presentar el laudo del juicio en original y copia; en caso de que el conflicto no haya tenido resolución, tendrá que presentar el desistimiento de la demanda en original y copia.

 

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Si le ha sido negado su derecho a recibir el ahorro acumulado por una vida de trabajo, contáctenos hoy mismo. En LEX & CO somos abogados fiscalistas y abogados infonavit con larga trayectoria y experiencia en estos casos, y con gusto le asesoraremos con estos temas o con casos como acción reivindicatoria o ejecución hipotecaria.

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